Desde hace unos años estamos leyendo sobre la intención del gobierno de regular los análisis comparativos de alimentos que realizan entidades y asociaciones de consumidores como la OCU, y también la respuesta de los consumidores manifestando su rechazo a dicha regulación por considerar que se está vetando la libertad de información. Un ejemplo lo veíamos hace un par de meses en la web de la PDLI (Plataforma en Defensa de la Libertad de Información) o en la misma web de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Pues bien, el Real Decreto propuesto por los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha sido aprobado hoy por el Consejo de Ministros, con lo que se regulará la realización de estudios y análisis comparativos en productos alimentarios, y lo explican así abiertamente en su nota de prensa: ‘Un tipo de estudios de gran difusión, que son muy demandados por los consumidores, teniendo a veces gran influencia en su decisión de compra’.
La nueva regulación será aplicada a todos los estudios comparativos que se realicen para publicar o compartir con los consumidores, se excluyen de esta los estudios con carácter exclusivamente científico. El argumento para aplicar el Real Decreto es que se pretende garantizar el rigor de dichos estudios y también aportar seguridad jurídica a las empresas estudiadas.
Aseguran que con esta nueva regulación se refuerza la defensa de los intereses de los consumidores, que tendrán más información, o que será mejor, y así tendrán más capacidad de elección. También aseguran la defensa de los intereses de los operadores, e insisten en que la información resultante de estudios e informes comparativos de alimentos será más veraz.
Poco más añaden, bueno que han consultado a todos los sectores afectados por la medida para la elaboración del Real Decreto, incluyendo las asociaciones representativas de los elaboradores de estos estudios, los operadores de la cadena alimentaria y los consumidores, para poder compatibilizar todos los intereses.
Pues no nos lo parece, igual que no nos da ninguna confianza que esta nueva regulación nos vaya a dar resultados de análisis comparativos de interés para los consumidores. Saben que se han realizado muchos análisis a productos alimentarios que han hecho saltar las alarmas y han afectado seriamente a los sectores o a las marcas que han sacado un suspenso (como el sector lácteo, el del aceite de oliva, el de productos cárnicos…), si estos análisis se ven limitados por cuestiones que no nos han aclarado todavía, será información que no llegue al consumidor.
Según la OCU, esta nueva regulación tiene entre sus objetivos dificultar al máximo la realización de análisis comparativos independientes sobre la calidad de los alimentos de España, y se ha aprobado por la presión que ha sometido la ‘poderosa’ industria alimentaria. Es una norma que pone (otra vez) al consumidor en desventaja, pues a las asociaciones de consumidores que realizan estos análisis les obligan a cumplir una serie de requisitos sobre los laboratorios o la verificación de los resultados, que no se exigen a la industria para poner a la venta el producto.
La Organización de Consumidores y Usuarios también argumenta que con la nueva norma se termina la confidencialidad de los laboratorios que realizan los análisis, quedando indefensos ante las presiones del lobby de la industria alimentaria. Y hay mucho más que decir, pero sólo vamos a destacar que España es el único país europeo que ha impuesto esta norma, dejando una vez más en evidencia la coacción a la libertad de expresión y a la libertad de información. Podéis leer la denuncia de la OCU completa aquí, después comentadnos qué opináis.