Normalmente hablamos de la fecha de caducidad y de la fecha de consumo preferente de los productos alimentarios que se comercializan envasados y/o etiquetados. Y como todavía hay personas que tienen dudas sobre el significado de estas recomendaciones de consumo y seguridad alimentaria, vamos a recordarlo brevemente. La fecha de caducidad indica que un producto puede ser consumido hasta la fecha marcada, una vez superada esa fecha, el producto debe ser desechado, incluso si tiene buen aspecto y no huele mal, pues el producto puede estar en malas condiciones y provocar una toxiinfección u otro problema de salud.
Y la fecha de consumo preferente indica que una vez pasada esa fecha, las cualidades organolépticas del producto, es decir, la textura, el aroma, el sabor… no son las mejores, pero no quiere decir que no esté bueno al comerlo ni para comerlo, no hay riesgos de toxiinfección alimentaria, sólo que es la fecha en la que el producto puede empezar a perder sus cualidades. Pero, poco se habla de la caducidad secundaria de los productos, así que vamos a ver qué significa.
La caducidad secundaria hace referencia a los productos envasados y etiquetados que, por cualquier motivo, ven modificado su envase original. Lo más habitual es que se hable de un producto envasado que se abre para su consumo, pero, al no consumirse en su totalidad y tener que guardarlo, la fecha de caducidad que tiene marcada en el etiquetado, también se ve modificada obligatoriamente. También puede darse el caso de que deba contemplarse la caducidad secundaria de un producto si el envase se deteriora, cosa que es difícil encontrar en los supermercados porque los suelen retirar, pero también puede estropearse en la despensa de casa.
La fecha de caducidad secundaria debe aplicarse en otros caSos también, como si se produce un cambio en las condiciones de conservación, esto incluye, entre otros, los productos congelados, pues una vez que se han descongelado, aunque no se hayan retirado de su envase, ven modificada su fecha de caducidad o de consumo preferente. Cuando sucede cualquiera de los cambios de un producto alimenticio mencionados, es importante calcular la nueva fecha de caducidad e identificarlo a través de una nueva etiqueta o escribiéndolo en el nuevo envase, y estamos hablando a nivel doméstico.
Cualquier producto envasado que hemos abierto y no hemos consumido en su totalidad, debemos conservarlo en otro envase (a no ser que esté en un buen recipiente de conservación, como un tarro de cristal), y hay que destacar en este aspecto los productos enlatados, recordemos que las latas de conserva una vez abiertas no son un buen contenedor de alimentos. Y además de pasar los alimentos a un contenedor adecuado, es imprescindible anotar la fecha de caducidad secundaria. Además, se puede anotar la fecha en la que se abrió el envase y todo lo que cada uno considere necesario para la seguridad en su hogar.
Pero, ¿cómo saber cuál es la fecha de caducidad secundaria de un alimento? Hay productos envasados en los que ya se indica esa información con leyendas tipo: ‘Una vez abierto, conservar en el frigorífico en un plazo máximo de tres días’. Así que sabiendo esto, simplemente debemos anotar en nuestro nuevo envase la nueva fecha de caducidad calculando los tres días desde el momento en el que se ha abierto el producto.
Y si en el etiquetado del producto no se facilita esa información, será necesario seguir una guía de prácticas correctas para establecer la caducidad secundaria a los alimentos envasados que han cambiado su estado. Nosotros disponemos de una guía de la Asociación Empresarial de Restauración Colectiva de la Comunidad Valenciana (AERCOV) y es la que os vamos a transcribir a continuación.
Cómo calcular la caducidad secundaria de alimentos y productos envasados, una vez que se han abierto:
CARNES Y PESCADOS CRUDOS – Carne picada: 1 día
– Piezas grandes: 4 días
– Filetes de carne: 2 días
– Elaborados cárnicos frescos (longanizas, hamburguesa, albóndigas…): 5 días
– Pollo o pavo entero: 4 días
– Pescados frescos: 4 días
PRODUCTOS ENVASADOS (según etiqueta) – Embutidos curados: Pieza 1 mes / Lonchas o picado 3 días
– Embutidos no curados o cocidos: Pieza 20 días / Lonchas o picado 3 días
– Conservas vegetales: 7 días
– Conservas de encurtidos: 15 días
– Conservas de pescado: 7 días
– Mayonesa industrial: 9 días (según etiqueta)
– Ovoproducto: 72 horas
PRODUCTOS LÁCTEOS – Queso curado: 1 mes
– Queso no curado: 3 semanas
– Queso fresco o en lonchas: 5 días
– Mantequilla: 2 semanas
– Leche, nata o crema de leche: 5 días
PRODUCTOS INTERMEDIOS ELABORADOS – Elaborados cocinados con tratamiento térmico (caldo, lomo asado, sofritos, productos para ensaladas: pollo, patatas cocidas, verduras cocidas…): 5 días contando el día de elaboración
– Elaborados sin tratamiento térmico con ingredientes de riesgo como lácteos, ovoproductos o productos de origen animal: 2 días
– Alimentos cocinados envasados al vacío: 15 días
– Verduras y frutas de elaboración propia (patata pelada, lechuga cortada y lavada, tomate natural triturado…: 4 días
– Descongelación: 24 horas una vez descongelado
– No perecederos (arroz, pasta, legumbres secas, té, cacao…): Hasta fecha de caducidad
Esperamos que esta información os resulte muy útil y os sirva para garantizar el buen estado de todos los alimentos de vuestra despensa y frigorífico, pero nos parece que es un tema del que hay mucho más que hablar, así que continuaremos abordando el tema de la seguridad alimentaria en el ámbito doméstico. No obstante, tenéis mucha buena información en la sección de seguridad alimentaria del blog, a la que podéis acceder pulsando aquí.