La Comisión Europea ya ha puesto en marcha el segundo plan de control de ADN con el que se determinará si los alimentos cárnicos que se etiquetan como vacuno en la Unión Europea contienen carne de caballo, si en este análisis se supera el 1% de este producto, se considerará que se trata de una muestra positiva y se procederá a aplicar la sanción correspondiente por no haber declarado la carne de caballo presente en el producto alimentario.
Esto quiere decir que los productos con carne de vacuno podrán contener casi un 1% de carne de caballo sin que sea necesario indicarlo en la etiqueta. El plazo para ejecutar el control de ADN de los alimentos cárnicos en los países miembros de la UE se inicia hoy, este control se mantendrá hasta el próximo 16 de junio y se deberá informar a la CE de los resultados obtenidos, así como de las medidas que cada país haya adoptado antes del 22 de junio.
En la resolución europea publicada el 29 de marzo en el DOUE (Diario Oficial de la Unión Europea) se establece que Italia, Alemania, Francia, Polonia, Reino Unido y España analicen unas 150 muestras de producto para verificar su contenido en carne de caballo. En cambio, tros países deberán analizar unas 100 muestras, es el caso de los Países Bajos, Austria, Bélgica, Hungría, Grecia, Rumanía, Portugal, República Checa, Suecia, Bulgaria y Austria. Países como Eslovenia, Irlanda, Malta, Luxemburgo, Estonia y Chipre sólo deberán realizar 10 muestreos.
Las muestras deberán ser representativas de los productos de cada Estado miembro abarcando una variedad de ellos, las inspecciones se recogerán en los comercios al por menor, pero también se podrán ampliar a otros establecimientos, como por ejemplo los almacenes. Como decíamos, se determinará como muestra positiva cuando el contenido de carne de caballo en un producto etiquetado como vacuno sea igual o mayor al 1%. Esto lleva a la conclusión de que los productos de vacuno podrán contener casi un 1% de carne de caballo sin que sea necesario identificarlo. Se podría decir que se ha aplicado una reglamentación similar al contenido de materias primas transgénicas en un alimento, recordemos que no existe obligación de informar a los consumidores cuando un producto alimenticio no contiene más de un 0,9% de materia prima transgénica.
En la primera fase de este plan de control de la campaña, se analizó la presencia de residuos de fenilbutazona, un tipo de fármaco no esteroide antiinflamatorio que se utiliza como analgésico en la medicina humana y animal, en procesos crónicos dolorosos que afectan a distintas partes del organismo. En esta fase de detección de ADN no se repite la prueba, ya que en su momento no se detectó un incumplimiento generalizado del uso de este medicamento. Estas pruebas se realizan con el propósito de garantizar que no ocurra de nuevo lo mismo que sucedió el año pasado, aunque la verdad, no se entiende por qué se permite la presencia de un porcentaje de carne de caballo, aunque sea pequeña, y mucho menos por qué no se identifica en las etiquetas alimentarias.
En Agroinformación nos explican que en la primera ronda de este test de control se detectó un 4’6% de fraude, todos estos alimentos contenían carne de caballo que no había sido declarada en el etiquetado. En el caso de España se identificaron un 4% de muestras de alimentos con carne de caballo, pero al no haber encontrado restos del fármaco antes citado no se apuntó como un problema de seguridad alimentaria, ya que la carne de caballo es apta para el consumo humano.
Parece ser que con este caso se ha procedido con más contundencia que con otros escándalos alimentarios que se podrían considerar más graves y que podían afectar a la salud de los consumidores, lo denunciable sobre la carne de caballo usada en alimentos identificados como vacuno es la adulteración del producto, el engaño a los consumidores al sustituir parte de la carne de mayor valor comercial por la de caballo y que no constara en el etiquetado.
Según leemos en Food Quality, con esta nueva ronda de pruebas se pretende garantizar que no se repita de nuevo la situación del año pasado, pero en su defecto se introduce una nueva regla con la que cualquier producto alimentario elaborado podrá contener un pequeño porcentaje de carne de caballo sin que sea necesaria la identificación, algo en lo que no deberíamos estar de acuerdo. Por cierto, hace un año que los minoristas del Reino Unido exigían que se incluyeran pruebas de ADN obligatorias en el control de calidad de los alimentos, esperamos que también se adopte por la UE esta solución para supervisar cualquier alimento y garantizar que no se realiza fraude al consumidor.
Foto | Santinet