Hace unos días el TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea), responsable de interpretar y aplicar el Derecho de la Unión Europea, se pronunció sobre las nuevas técnicas de mejoramiento de plantas, determinando que los cultivos obtenidos por mutagénesis son organismos modificados genéticamente, ya que los métodos y técnicas empleadas alteran las plantas de un modo que no ocurriría en la naturaleza.
Inicialmente los organismos obtenidos mediante mutagénesis estaban exentos de las obligaciones de la directiva que regula las actividades con organismos modificados genéticamente, pero, según la sentencia, estos organismos deben enmarcarse en la mencionada directiva y, por tanto, están sujetos a las obligaciones que establece. La sentencia ha sido una sorpresa, aunque, curiosamente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconoció en su momento que la directiva sobre transgénicos no debía aplicarse a los cultivos obtenidos por mutagénesis, haciendo referencia a las técnicas que se han estado utilizando de forma convencional en diferentes aplicaciones y que cuentan con un amplio historial de seguridad.
Según el TJUE, los riesgos asociados al uso de las nuevas técnicas de mutagénesis podrían ser similares a los resultantes de la producción y la liberación de los organismos modificados genéticamente a través de la transgénesis (proceso de transferir genes de un organismo a otro). Hay que decir que la mutagénesis, a diferencia de la transgénesis, integra técnicas con las que se altera el genoma de un organismo sin necesidad de insertar ADN de otro organismo para desarrollar, por ejemplo, variedades de semillas que sean resistentes a determinados herbicidas.
En su momento (año 2016), Francia solicitó al TJUE que se pronunciara sobre determinadas técnicas de ingeniería genética tras la petición de algunos grupos ecologistas y asociaciones de agricultores para que los cultivos creados con este tipo de técnicas se consideraran cultivos transgénicos y, por tanto, que se les aplicara la legislación correspondiente. Estas organizaciones argumentaban que si no se clasificaban como alimentos modificados genéticamente, existirían pocas medidas de seguridad para controlar el uso de las semillas y su posible impacto al ser liberadas al medio ambiente.
Los defensores de las técnicas de mejoramiento de plantas aseguraban que las semillas obtenidas a través de estos métodos podrían ser perfectamente el resultado de las técnicas de mejoramiento convencionales como, por ejemplo, el cruzamiento, que imita los procesos de la naturaleza. Por esta razón consideraban que las semillas y plantas resultantes no deberían considerarse organismos modificados genéticamente. Para muchos investigadores la sentencia supone un revés decepcionante, ya que se ponen trabas al uso de nuevas y valiosas tecnologías sujetas a la mejora de los cultivos, así como a garantizar la seguridad alimentaria en los próximos años.
Las técnicas de mutagénesis que se han llevado a la práctica hace años cuentan con un largo historial de seguridad y están exentas de las obligaciones de la directiva que regula las actividades con organismos modificados genéticamente. Las nuevas técnicas permiten obtener los mismos resultados que los métodos utilizados antaño, pero de un modo más rápido y preciso, los expertos comentan que la decisión del TJUE, podría tener un impacto negativo significativo en la capacidad de responder rápidamente al reto de abastecer de alimentos a la humanidad ante unas condiciones climáticas, y de otra índole, que cada vez son más exigentes.
Para los grupos ecologistas y otros activistas, la decisión del tribunal resulta satisfactoria, ya que es muy importante cómo se regulan estas tecnologías emergentes que tienen el potencial de alterar permanentemente el ecosistema. Para estos colectivos todas las técnicas de ingeniería genética pueden dar lugar a cambios inesperados y a impactos impredecibles en el mundo real. Por tanto, esta decisión del tribunal es un modo de garantizar que los cultivos y los alimentos están sujetos a controles de seguridad precisos que evitan los mencionados problemas.
Organizaciones como Greenpeace consideran que se ha conseguido una gran victoria para el medio ambiente, para los agricultores y para los consumidores, ya que la seguridad alimentaria se ve reforzada con la sentencia. Quienes la aplauden comentan que las grandes corporaciones agrícolas y las empresas biotecnológicas seguirán luchando para intentar eludir las reglas comunitarias, pero lo dictaminado por el tribunal no deja lugar a dudas, la edición genética ahora está cubierta por las normas existentes para los alimentos transgénicos.
En otros países no ocurre lo mismo, por ejemplo, en Estados Unidos no se regulará la edición genética, en países como Australia se intenta cambiar la normativa para relajar la actual legislación considerando que no tiene nada que ver con la modificación genética, ya que no se produce transferencia de genes de otras especies. A través de este enlace (Pdf) podréis conocer los detalles de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
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