El pasado 1 de enero de 2014 entró en vigor el Reglamento de Ejecución (UE) Nº 1321/2013 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2013, por el que se establece la lista de la Unión de productos primarios autorizados para la producción de aromas de humo utilizados como tales en los productos alimenticios o en su superficie, o para la producción de aromas de humo derivados.
En esta lista se recogen los productos primarios con datos administrativos, datos técnicos de identidad, pureza, descripción y caracterización del producto, condiciones y dosis de uso, y periodo de autorización. La validez de esta lista es de diez años, es decir, hasta el 1 de enero de 2024, una vez cumplido este periodo la EFSA deberá reevaluar las sustancias ahora autorizadas, para garantizar que continúan siendo seguras para el consumidor.
La lista de productos primarios autorizados para la producción de aromas de humo, utilizados principalmente en alimentos como los quesos y derivados, preparados de carne o carne elaborada, en productos de pesca elaborados, en condimentos y salsas, en ovoproductos, en panes y bollería, en cereales de desayuno, pastas, productos de aperitivos, postres, bebidas… (algunos ni los imaginábamos), es el resultado de la evaluación de la EFSA sobre un total de 14 solicitudes de autorización recibidas en 2005, tres de ellas se retiraron inicialmente, y después de la evaluación se retiró una más, por lo que la relación de productos primarios autorizados se reduce a diez.
Proceden de distintos países, como Francia, Eslovaquia, Hungría, Alemania, Estados Unidos, Reino Unido y Dinamarca. Muchas veces hemos leído y escuchado sobre la posible toxicidad de la adición de los aromas de humo en los alimentos, no hay mucha información ni conocimiento sobre este tema entre los consumidores, por lo que nos ha parecido interesantes compartir esta reciente autorización de la UE, para empezar a adquirir conocimiento al respecto. Por ejemplo, podemos leer en la lista que el material de base principal es el haya, pero también se utiliza el roble, el nogal, el arce, el fresno, el abedul y el cerezo.
Podéis acceder a la Lista de productos primarios autorizados para la producción de aromas de humo a través de este enlace (Pdf). Podréis conocer más información sobre la aplicación de los aromas de humo, la exposición de los consumidores a los alimentos ahumados, la evaluación de seguridad de la Autoridad de cada uno de los productos primarios, el código proporcionado y cómo utilizarlos, siempre respetando los niveles autorizados y destacando, entre otras cosas, que si se utiliza más de uno, la cantidad debe reducirse proporcionalmente para no superar los niveles máximos de uso.
Es también interesante conocer cómo deben aplicarse los productos primarios con aromas de humo en alimentos deshidratados o concentrados, en alimentos que son ahumados en cámara o en ingredientes que formarán parte de un producto. Y que no se podrán aplicar en preparados para lactantes, de continuación, alimentos infantiles y alimentos dietéticos dedicados a usos médicos especiales.
Esperamos que os resulte una información de interés.