Hace algo más de un mes podíamos saber que la Unión Europea había llamado la atención a Italia por permitir el uso de peróxido de hidrógeno (agua oxigenada) para blanquear mariscos y cefalópodos a fin de proporcionar a estos alimentos marinos una apariencia de frescura que no se corresponde con la realidad. Como ya explicábamos aquí, algunos países de la Unión Europea utilizan el peróxido de hidrógeno en el sector de la alimentación, generalmente para la descontaminación de agua para consumo humano o como coadyuvante tecnológico en tripas, pero no está autorizado su uso en determinados productos alimenticios como los productos marinos.
Pues bien, un miembro del Parlamento Europeo cuestiona que se procesen algunos alimentos, como mariscos y cefalópodos, con esta sustancia para que tengan una mejor apariencia, asegurando que se trata de una infracción de la legislación comunitaria. Aunque el peróxido de hidrógeno está autorizado en la UE como sustancia que ayuda en la transformación de alimentos, las empresas no están obligadas a dar a conocer en las etiquetas alimentarias el uso de los coadyuvantes, la razón es simple, en teoría estas sustancias no se integran en el producto final y tampoco alteran sus cualidades y características.
Pero esta sustancia no está aprobada como aditivo alimentario, si se utiliza como tal con el fin de blanquear los alimentos y permanece en el producto final, se trataría de una violación de la legislación comunitaria. Según se puede leer en este informe (Pdf) del Comité Científico de la Agencia Española de Seguridad, en España se aprobó el uso de peróxido de hidrógeno como coadyuvante de elaboración en cefalópodos como la sepia, el calamar o el pulpo, así como en productos derivados del cerdo por su efecto bacteriostático, es decir, su capacidad para impedir la reproducción bacteriana. En Italia se aprobó este año el uso de la sustancia (leer aquí) a raíz de una petición realizada por Assoittica Italia (Asociación Nacional de Empresas del Pescado), como una ayuda en la transformación de los productos marinos, concretamente en la eliminación de la piel exterior de los cefalópodos.
En el caso de la Autoridad de Seguridad Alimentaria italiana se concreta que el contenido de peróxido de hidrógeno no puede superar el 8%, también se detallan los límites de otras sustancias, como por ejemplo el ácido cítrico. Además se limita el tiempo de contacto de estas sustancias con los productos marinos, proporcionando las especificaciones para el proceso de lavado, con estos criterios se pretende garantizar el alto nivel de protección de los consumidores. Pero si no se especifica en las etiquetas alimentarias su uso, ¿cómo se puede saber que se ha cumplido con la legislación? Es lógico que se considere que existe un abuso en la práctica de este proceso y que España e Italia blanquean ilegalmente mariscos y cefalópodos.
Según se explica en este documento (Pdf) del Reglamento Nº 1333/2008 de la UE, modificado en el año 2011, los coadyuvantes de elaboración son sustancias que no se consumen, se utilizan de forma intencionada en la elaboración de alimentos y aparecen como residuos finales en un alimento sin alterar sus cualidades, por otro lado, el peróxido de hidrógeno no figura en la lista de aditivos alimentarios autorizados en el anexo II de este reglamento. Esto ha llevado a Renata Briano, miembro del Parlamento Europeo, a formular una serie de preguntas a la CE para esclarecer si los consumidores están siendo engañados por el uso del peróxido de hidrógeno. En teoría, su uso no parece suponer un peligro para la salud, pero es una sustancia ideal para engañar a los consumidores pudiéndoles vender el producto como si fuera muy fresco y prácticamente recién pescado, cuando en realidad llevaría varios días almacenado.
La eurodiputada pregunto a la CE si en nuestro país se ha utilizado el peróxido de hidrógeno para blanquear la carne de los productos marinos, para hacerla más atractiva estéticamente, también preguntó que dado que las autoridades sanitarias españolas e italianas no identifican ningún riesgo para la salud por el uso de esta sustancia, cómo puede saber un consumidor si los calamares o las sepias que adquieren han sido tratados con esta sustancia. Una tercera pregunta alude a la actuación de la CE sobre si puede garantizar que los consumidores tomen decisiones de compra informadas, la eurodiputada considera que en favor de la transparencia, el uso de sustancias que alteran la apariencia de un alimento deberían ser indicadas en las etiquetas alimentarias.
La Comisión Europea ha contestado que en varias reuniones los Estados miembros han sido informados de que el uso del peróxido de hidrógeno para blanquear los alimentos y cambiarles la apariencia no está autorizado en la UE, y es algo en lo que están de acuerdo todos, sin embargo, el hecho de que se permita su uso para, por ejemplo, eliminar la piel exterior, abre una puerta para que se utilice con otros fines como el indicado y sin que lo sepa el consumidor final. Por otro lado, se asegura que al eliminar la piel también se elimina la sustancia en cuestión, sobre este tema se ha solicitado más información para verificar que realmente no quedan restos en el producto final.
Cualquier sustancia que provoque la alteración de la apariencia de un alimento debería ser especificada en las etiquetas alimentarias, aunque no existan riesgos para la salud de los consumidores, ya que es el único modo de saber si se han utilizado y si existe la posibilidad de que su cometido no haya sido sólo el de eliminar la piel. Según leemos aquí, el hecho de que legalmente se pueda omitir el uso de coadyuvantes de elaboración en la lista de ingredientes, es para algunos un modo de engañar a los consumidores, ya que puede tratarse de aditivos alimentarios que están disfrazados como coadyuvantes de elaboración. Existe una delgada línea entre aditivos alimentarios y coadyuvantes de procesamiento, algo que quizá provoque que no se informe correctamente a los consumidores.
La Comisión Europea explica que no dispone de información oficial que demuestre que el uso del peróxido de hidrógeno esté autorizado con otros fines que no sean la limpieza de los alimentos marinos, esto muestra que será necesario tratar el tema para definir mejor las reglas y evitar una posible puerta abierta al fraude.
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