Hoy ha entrado en vigor el Reglamento nº 1169/2011 de la Unión Europea sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, los fabricantes deben incluir de forma obligatoria la declaración nutricional en los alimentos envasados, informando sobre el contenido en proteínas, carbohidratos, azúcares, sal, así como la información complementaria sobre el contenido en almidón, fibra, determinadas vitaminas y minerales, ácidos grasos monoinsaturados, ácidos grasos poliinsaturados y alcoholes de azúcar o polioles.
Del mencionado Reglamento nº 1169/2011 hablamos hace un par de años en este post sobre la guía sobre la información alimentaria facilitada al consumidor. En el mes de septiembre de 2011 se aprobó la nueva reglamentación, un par de meses después se publicó en el Diario Oficial de la UE, y posteriormente, en el año 2014, se anunció su aplicación contemplando determinados periodos de transición.
Cinco años después, hoy 13 de diciembre de 2016, entra en vigor el Reglamento y todas las empresas deberán cumplir con los requisitos exigidos, incluyendo el etiquetado nutricional. Aunque hay que decir que todavía hay una excepción o periodo de gracia que se aplica a los productos que se hayan introducido en el mercado o se hayan etiquetado antes del 13 de diciembre de este año y no cumplan los requisitos establecidos en el artículo 9, apartado 1, letra I. Éstos podrán ser comercializados hasta que se agoten las existencias. Resulta curioso este periodo de carencia, teniendo en cuenta que se ha tenido bastante tiempo para llevar a cabo las modificaciones oportunas y que el etiquetado se presente tal y como se estipula en la legislación.
Este nuevo Reglamento es el resultado de la combinación de dos directivas en una sola ley, la Directiva 2000/13/CE relativa al etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, y la Directiva 90/496/CEE del Consejo, relativa al etiquetado nutricional para los productos alimenticios. La nueva reglamentación representa un paso más en la transparencia informativa y objetiva proporcionada a los consumidores sobre el contenido nutricional de los productos alimentarios, una información que permitirá capacitarlos para que realicen comparativas de productos y elegir aquellos que se adapten mejor a sus necesidades nutricionales y dietéticas.
Hay que decir que muchas empresas ya empezaron a introducir los cambios antes de que entrara en vigor la declaración nutricional en los alimentos envasados con carácter obligatorio, aunque como suele ocurrir, algunas empresas alimentarias dejan para última hora los cambios, de ahí que se haya proporcionado ese plazo para que se puedan comercializar los productos que no cumplan con la legislación y se hayan puesto a la venta antes de la entrada en vigor del Reglamento.
La FoodDrinkEurope, asociación que aglutina a un gran número de empresas agroalimentarias europeas, da la bienvenida a la nueva normativa del etiquetado nutricional en la UE, asegurando que las empresas que forman parte de esta asociación han estado trabajando durante los últimos años para cumplir con el Reglamento y poder brindar al consumidor toda la información que necesita para tomar decisiones con conocimiento de causa a la hora de elegir los productos con los que llenan la cesta de la compra. Pero lo cierto es que si no se pone en marcha la ley, muchos de los que ahora manifiestan estar satisfechos por brindar esta información, no lo habrían hecho. Como ya hemos comentado en otras ocasiones, las regulaciones e iniciativas de carácter voluntario sirven de poco en la industria, es necesario introducir leyes y regulaciones para que se realicen cambios en favor de los consumidores.
Curiosamente, sobre la entrada en vigor de este Reglamento se pronuncia Edwin Hackleman, uno de los responsables de la FDA (Agencia de Medicamentos y Alimentación de Estados Unidos), asegurando que el conjunto de los consumidores saben muy poco sobre alimentación y nutrición, siendo incapaces de valorar la información nutricional de las etiquetas alimentarias. No es lo mismo lo que pide el consumidor que lo que necesita, hay información estándar en las etiquetas que apenas se utiliza o simplemente no se utiliza, por tanto, lo que hay que hacer es proporcionar un listado sobre los nutrientes más relevantes, y no una lista exhaustiva que lo único que contribuye es a incrementar la carga informativa, así lo cree Edwin Hackleman.
No es que no estemos de acuerdo con el representante de la FDA (en parte sí), pero nos sorprende que hable sobre este tema y sobre lo que necesita o no el consumidor, sabiendo que la FDA no ha sido capaz hasta el momento de definir la declaración “saludable” ni el término “natural” en los productos alimenticios, entre otras cuestiones que son mucho más claras que un completo etiquetado nutricional.
Sobre este tema también se pronuncia el Consejo Europeo de Información sobre la Alimentación (EUFIC), organización sin ánimo de lucro que proporciona información con base científica sobre la nutrición, la salud, la seguridad y la calidad alimentaria, a fin de ayudar a los consumidores a estar mejor informados a la hora de elegir los con qué disfrutar de una dieta sana y equilibrada. Según leemos aquí, esta organización está de acuerdo con el representante de la FDA, destacando que se han realizado estudios que muestran que los consumidores pierden poco tiempo en leer las etiquetas de los alimentos. Por otro lado, los estudios muestran que los consumidores europeos entienden mejor unos nutrientes que otros y leen más las etiquetas nutricionales de productos como los yogures o los cereales para el desayuno.
La idea que se plantea es la de brindar información clara y simplificada que ayude en la elección de los alimentos a los consumidores, pero lo que para unos no es importante, para otros sí lo es, por tanto, poner toda la información facilita que todo el mundo pueda acceder a ella, quizá no hay que hablar tanto de simplificar, sino de cómo se brinda la información. En definitiva, hoy ha entrado en vigor el Reglamento nº 1169/2011 y se aplica a todos los productos que se comercialicen en la Unión Europea, incluidos los que proceden de otros países. Podéis conocer todos los detalles de la legislación que hoy a entrado en vigor, a través de este enlace (Pdf).